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Glosario · Fiscalidad

Deducción del IVA del carburante (empresas)

Las empresas pueden deducirse el IVA del carburante si el vehículo se usa en la actividad económica. La deducción es del 50 % por defecto para vehículos de uso mixto, y del 100 % para flota profesional.

IVA soportado carburanteDeducción IVA gasolinera

El IVA del carburante soportado en los repostajes puede deducirse en la declaración de IVA de la empresa si el vehículo se usa en la actividad. La AEAT establece estas reglas:

  • Vehículos exclusivamente profesionales (camiones, furgonetas de reparto, taxis): deducción del 100 %.
  • Turismos de uso mixto (trabaja y personal): deducción del 50 % como presunción general, ampliable si se acredita mayor afectación.
  • Vehículos de representación y dirección: deducción del 50 % salvo prueba en contrario.

La deducción aplica también al IVA del gasóleo profesional cuando se gestiona mediante tarjeta de flota o tickets con CIF de la empresa.

Términos relacionados

  • IVA sobre carburantesTipo general del 21 % que se aplica al precio del carburante incluyendo el Impuesto sobre Hidrocarburos. Por su efecto cascada, el IVA paga IVA sobre el IH.
  • Tarjeta de flotaInstrumento de pago específico para la gestión del repostaje de flotas de vehículos. Permite controlar el consumo por vehículo, negociar descuentos y separar el IVA.
  • Devolución del gasóleo profesionalMecanismo fiscal por el que los profesionales del transporte pueden recuperar parte del Impuesto sobre Hidrocarburos pagado en gasóleo de automoción.

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