El Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos(IVMDH) fue un tributo creado por la Ley 24/2001 con finalidad finalista: financiar la sanidad autonómica. Cada comunidad podía fijar un recargo dentro de unos topes. Coloquial: céntimo sanitario.
En 2014 el Tribunal de Justicia de la UE (asunto C-82/12) lo declaró contrario al derecho comunitario porque no cumplía con los requisitos de finalidad específica de los impuestos indirectos sobre hidrocarburos. España tuvo que devolver lo recaudado entre 2002 y 2012. Sus tramos se reformularon e integraron en el IH como el tramo autonómico, también desaparecido en 2019.