El Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (IH) es un tributo estatal que grava la fabricación, importación e introducción en el ámbito comunitario de hidrocarburos destinados a usos energéticos. Regulado por la Ley 38/1992 de Impuestos Especiales, es de aplicación armonizada en toda la Unión Europea.
Su cuota se fija por unidad de volumen (céntimos por litro o euros por mil litros), no como un porcentaje del precio. Por eso es lo que más estabiliza la fiscalidad sobre el litro: cuando el crudo baja, el IH no baja con él.
En 2019 se integró el tramo autonómico en el tipo estatal: desaparecieron las diferencias fiscales entre comunidades autónomas.
Tipos estatales integrados (vigentes desde 2019, en céntimos por litro): gasolinas ≈ 47 cts/L, gasóleo A ≈ 38 cts/L, gasóleo bonificado (agrícola, pesca, profesional autorizado) ≈ 8 cts/L. El gas natural y el GLP tributan a tipos significativamente más bajos.
Recaudación: en 2024 los ingresos líquidos del IH ascendieron a unos 12.300 millones de euros (AEAT, Informe anual de recaudación tributaria). Es el mayor de los impuestos especiales en España, por delante del Impuesto sobre las Labores del Tabaco y muy por encima del Impuesto sobre el Alcohol.
Devoluciones: los profesionales del transporte de mercancías y autobús pueden recuperar parcialmente el IH soportado vía gasóleo profesional. Los agricultores, pescadores y operadores de obra pública usan gasóleo B, con tipo reducido desde el surtidor.