Una estación abanderada es la operada por un titular independiente que firma un contrato de abanderamiento con un operador integrado: el titular mantiene la propiedad y la gestión de la estación, pero usa la marca, los precios y los productos del operador (por ejemplo, Repsol o Cepsa).
Es el modelo dominante en España. La mayoría de las estaciones con marca Repsol, Cepsa o BP no son propiedad directa del operador, sino estaciones abanderadas. El contrato regula condiciones de suministro, imagen corporativa, precios y márgenes durante un periodo de exclusividad.
La CNMC ha vigilado estos contratos por su efecto sobre la competencia: cláusulas de exclusividad muy largas o sistemas de precio recomendado que actúan como precio fijo pueden limitar la capacidad del titular de competir. Varias resoluciones han acotado la duración y las condiciones admisibles.
La diferencia con la estación sin bandera es la propiedad de la enseña y de la política de precios: la abanderada comparte marca pero no propiedad con el operador; la independiente no tiene vínculo contractual con ningún operador integrado y compra el carburante donde le resulta más competitivo.