Saltar al contenido principal
gasolinade.com

Pregunta frecuente · Transición

¿Qué ayudas hay para comprar un coche eléctrico con el Plan MOVES III?

El Plan MOVES III, gestionado por el IDAE y tu comunidad autónoma, subvenciona la compra de coches eléctricos e híbridos enchufables y la instalación de puntos de recarga. La cuantía depende del tipo de vehículo y de si achatarras uno antiguo.

El Plan MOVES III es el programa estatal de ayudas a la movilidad eléctrica. Lo financia el MITECO con fondos europeos, lo coordina el IDAE y lo gestiona cada comunidad autónoma: la solicitud se presenta ante tu comunidad, no ante el Estado, y cada una abre su propia convocatoria.

Cubre dos actuaciones distintas: la compra o renting de un vehículo 100% eléctrico, híbrido enchufable o de pila de combustible, y la instalación de puntos de recarga.

  • Coche 100% eléctrico (BEV): para particulares, hasta 4.500 € de ayuda, que suben a 7.000 € si achatarras un vehículo de más de siete años (fuente: IDAE).
  • Híbrido enchufable o eléctrico con autonomía mínima de 30 km: hasta 2.500 €, o 5.000 € con achatarramiento.
  • Punto de recarga doméstico: cubre un porcentaje del coste de instalación (habitualmente el 70% para particulares, incluyendo obra y legalización).
  • El vehículo tiene un precio máximo subvencionable: 45.000 € sin IVA para turismos (90.000 € en los de pila de combustible).
  • El coche que achatarras debe estar a tu nombre y darse de baja definitiva para desguace.
  • Las cuantías y los plazos dependen de la convocatoria vigente en cada comunidad, que puede agotar su presupuesto; conviene comprobar el estado antes de comprar.

Un detalle que suele pasarse por alto: la ayuda del MOVES puede tributar en el IRPF como ganancia patrimonial en el año en que se cobra, salvo que una norma la declare exenta. Antes de contar con ella, confirma su tratamiento fiscal con la AEAT.

Fuente: IDAE — Plan MOVES III. Consultado: Última revisión: 2026-07-19

Términos del glosario

  • Plan MOVES IIIPrograma estatal gestionado por IDAE que subvenciona la compra de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga. Coordinado con las comunidades autónomas.
  • Vehículo eléctrico (BEV)Vehículo propulsado exclusivamente por motor eléctrico alimentado con baterías. Cero emisiones directas en uso. Recibe etiqueta CERO de la DGT.
  • Vehículo híbrido enchufable (PHEV)Vehículo con motor de combustión y batería grande (15-25 kWh) que se recarga desde la red. Autonomía eléctrica de 40-80 km. Etiqueta CERO o ECO según la autonomía.
  • Punto de recargaInfraestructura para recargar la batería de un vehículo eléctrico. Se clasifica por potencia: lenta (≤22 kW), rápida (50-150 kW) y ultrarrápida (≥150 kW).

Otras preguntas

  • ¿Qué pasa en 2035 con los coches de gasolina y diésel?A partir de 2035 no se podrán matricular coches nuevos de gasolina o diésel en la UE (emisiones cero obligatorias). Los que ya circulen podrán seguir usándose y vendiéndose de segunda mano; no se prohíbe circular con ellos.
  • ¿Compensa comprar un coche eléctrico de segunda mano?Puede compensar por el precio rebajado, pero lo decisivo es la salud de la batería (SoH). Conviene pedir un informe del estado de la batería y revisar la garantía restante antes de comprar.
  • ¿Merece la pena instalar un punto de recarga en casa?Sí merece la pena si tienes o vas a tener un eléctrico o un PHEV. La instalación cuesta entre 800 y 1.500 € (menos de 500 € con subvención MOVES III) y permite cargar en tarifa nocturna, con un ahorro que puede superar los 700-900 € anuales en 10.000 km. La amortización suele estar entre 1 y 2 años.

Saber más

Última revisión: 2026-07-19