El Impuesto sobre Hidrocarburos: tipo fijo en céntimos
El Impuesto Especial sobre Hidrocarburos(IH) es el impuesto principal sobre el carburante en España. Regulado por la Ley 38/1992, sus tipos más relevantes son:
- Gasolina sin plomo: tipo estatal ~47,12 céntimos/L (tipo general de gasolinas).
- Gasóleo A: tipo estatal ~37,79 céntimos/L.
- GLP de automoción: ~57,47 €/GJ (tipo reducido frente al gasóleo).
- Gasóleo B (agrícola y bonificado): tipo reducido con colorante rojo.
La clave del IH es que es un importe fijo en céntimos por litro, no un porcentaje. Cuando el Brent baja un 20 %, los 47 céntimos del IH no bajan. Esto hace que la fiscalidad sea el componente más estabilizador del precio: a menor precio del crudo, mayor proporción del precio final que representa el impuesto.
La serie histórica de tipos y recaudación del IH con datos de la AEAT está en la sección impuestos del observatorio.
El IVA al 21 %: el efecto cascada
El IVA del carburante es el tipo general del 21 % y se aplica sobre el precio de venta incluyendo ya el IH. Esto genera el llamado efecto cascada o impuesto sobre impuesto:
Precio = (Coste producto + IH) × 1,21
Si el coste del producto (crudo + refino + margen) es 0,80 €/L y el IH es 0,4712 €/L:
- Subtotal antes de IVA: 0,80 + 0,4712 = 1,2712 €/L.
- IVA al 21 %: 0,2669 €/L.
- Precio final: 1,5381 €/L.
Del precio total, los impuestos representan 0,4712 + 0,2669 = 0,7381 €/L, es decir el 48 % del precio final en este ejemplo.
Las propuestas de rebaja del IVA al 10 % (tipo reducido) son recurrentes en debates políticos. Para este ejemplo, la rebaja sería de ~0,13 €/L y costaría al Tesoro más de 3.000 millones anuales.
El mapa completo de tributos que tocan al carburante
No hay un único impuesto sobre el combustible, sino una pila de figuras que se solapan: una específica sobre el producto energético, una general sobre el consumo y, en el momento de comprar el coche, otra sobre la matriculación. A esto se suman los regímenes fiscales propios de Canarias, Ceuta y Melilla. La tabla resume quién cobra cada tributo, sobre qué base y con qué naturaleza.
| Tributo | Qué grava | Naturaleza | Beneficiario |
|---|---|---|---|
| Impuesto sobre Hidrocarburos (IH) | Cada litro de carburante puesto a consumo | Importe fijo en céntimos por litro | Estado |
| IVA | El precio de venta, incluido ya el IH | Porcentaje (21 %) en cascada | Estado |
| IEDMT (impuesto de matriculación) | La primera matriculación del vehículo, no el carburante | Porcentaje según emisiones de CO₂ | Comunidades autónomas (cedido) |
| IGIC (Canarias) | El consumo en el archipiélago, en lugar del IVA | Porcentaje reducido (0-3 % en carburantes) | Comunidad Autónoma de Canarias |
| IPSI (Ceuta y Melilla) | La producción, importación y prestación de servicios | Tipos mínimos, fuera del IVA y del IH estatal | Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla |
Conviene separar dos planos. El IH y el IVA se pagan en cada repostajey son los que mueven el precio del litro. El IEDMTse paga una sola vez, al comprar el coche, y no figura en el surtidor; se incluye aquí porque forma parte de la fiscalidad total de la movilidad y porque su cuantía depende de las emisiones, lo que lo conecta con la elección de carburante. El detalle de tipos y series está en la sección impuestos.
El IEDMT: el impuesto que se paga una sola vez
El Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT) grava la primera matriculación de un vehículo en España. No es un impuesto sobre el carburante, pero sí sobre la movilidad, y su diseño está ligado al consumo: la cuota se calcula por tramos según las emisiones oficiales de CO₂ del vehículo, no por su cilindrada ni por el tipo de combustible de forma directa.
El esquema general establece cuatro tramos: exención por debajo de 120 g/km de CO₂, y tipos crecientes (del 4,75 %, 9,75 % y 14,75 % en el régimen común peninsular) a medida que suben las emisiones. Esto significa que un vehículo eléctrico o un híbrido muy eficiente queda exento, mientras que un todoterreno de gasolina de altas emisiones paga el tramo superior. Es uno de los pocos tributos españoles cuya base es directamente ambiental.
El IEDMT es un impuesto cedido a las comunidades autónomas, que pueden modular el tipo dentro de los márgenes legales, igual que ocurre con otros tributos cedidos. Su recaudación es muy sensible al ciclo de ventas de coches: cae en años de crisis del automóvil y sube cuando se reactivan las matriculaciones, una serie que puede seguirse en tendencias de matriculación.
La recaudación: el mayor impuesto especial de España
El Impuesto sobre Hidrocarburos es, con diferencia, el mayor de los impuestos especiales que recauda el Estado. Según los datos de ingresos de la AEAT, los ingresos líquidos del IH en 2024 fueron del orden de 12.300 millones de euros, por encima de los impuestos especiales sobre el alcohol, el tabaco o la electricidad. A esa cifra hay que sumar el IVA que se aplica sobre el precio con IH incluido, que el Tesoro recauda como IVA general y que no figura desagregado por producto en las estadísticas tributarias.
La estabilidad de esta recaudación es la cara positiva del tipo fijo: al ser céntimos por litro y no un porcentaje, los ingresos dependen sobre todo del volumen consumido, no del precio del crudo. Con un consumo nacional de productos petrolíferos del orden de 60 millones de toneladas al año (datos de CORES), la base sobre la que se aplica el IH es muy amplia y poco volátil a corto plazo. Por eso una caída del Brent no hunde la recaudación del IH, aunque sí reduce el IVA recaudado, que es porcentual.
La serie anual de recaudación, su evolución y la comparación con el resto de impuestos especiales está desarrollada en la guía recaudación de la AEAT por hidrocarburosy en la sección impuestos del observatorio.
El tramo autonómico: historia y desaparición
Entre 2002 y 2018, las comunidades autónomas podían fijar un recargo adicional al IH estatal: el tramo autonómico (IVMDH o centimo sanitario). Los topes máximos evolucionaron con el tiempo; la diferencia entre la comunidad que aplicaba el máximo y la que no aplicaba recargo llegó a ser de 4,8 céntimos/L.
En 2014, el TJUE declaró ilegal el IVMDH en su configuración finalista (asunto C-82/12). España inició un proceso de devoluciones a los sujetos pasivos afectados que superó los 2.000 millones de euros.
Desde el 1 de enero de 2019, el tramo autonómico quedó definitivamente integrado en el tipo estatal. Hoy no existe ninguna diferencia fiscal entre comunidades autónomas en el IH.
La excepción son los regímenes especiales de Canarias, Ceuta y Melilla, explicados más abajo.
Las bonificaciones: 2022 y 2023
Ante la subida del crudo tras la invasión rusa de Ucrania, el Gobierno aprobó dos medidas consecutivas:
- RDL 6/2022 (1 abril – 31 diciembre 2022): bonificación universal de 20 céntimos/L. El Estado abonaba la diferencia directamente a las estaciones. Coste: ~6.000 M€.
- RDL 17/2022 (octubre – diciembre 2022): la bonificación general se redujo a 10 céntimos/L; los transportistas mantuvieron 20 céntimos.
- Bonificación focalizada (enero – junio 2023): 10 céntimos solo para profesionales del transporte (bonificación focalizada 2023).
Estas medidas no redujeron el tipo del IH ni el IVA: fueron subvenciones directas al consumo gestionadas fuera del sistema fiscal convencional.
Regímenes especiales: Canarias, Ceuta y Melilla
Tres territorios españoles tienen fiscalidad diferente:
- Canarias: aplica el IGIC (al 0-3 % según producto) en lugar del IVA al 21 %. El IH también tiene tipos reducidos. El ahorro total en gasolina es de 10-18 céntimos/L.
- Ceuta y Melilla: aplican el IPSI con tipos mínimos y están fuera del territorio de aplicación del IH estatal y del IVA. Régimen de Ceuta y Melilla. El ahorro puede ser de 15-25 céntimos/L.
Estas diferencias explican por qué Ceuta, Melilla y Canarias aparecen siempre en la parte baja del ranking de precios por provincia.
Gasóleo profesional: devolución y bonificación para transportistas
Los profesionales del transporte tienen dos vías de ahorro fiscal en el gasóleo:
- Devolución parcial del IH (gasóleo profesional): hasta 49 €/mil litros devueltos por la AEAT. Requiere tarjeta-gasóleo y matrícula autorizada (camiones >7,5 t, autobuses, taxis). Gestión con tarjeta de flota compatible.
- Deducción del IVA: el IVA soportado en repostajes de flota profesional es deducible al 100 % (deducción IVA empresa), lo que reduce el coste efectivo un 17 % adicional.
Combinando ambas, un transportista profesional paga un precio efectivo del gasóleo notablemente inferior al de un particular.
Ejemplo numérico paso a paso
Para entender cómo se forma el precio final, descomponemos un litro de gasolina 95 a 1,55 €/L con los datos vigentes 2024:
- Subtotal antes de impuestos: 87,9 cts/L (crudo + refino + biocomponente + logística + margen).
- Impuesto Especial sobre Hidrocarburos (tipo efectivo 2024 gasolinas): 40,2 cts/L. Subtotal: 128,1 cts/L.
- IVA al 21 % sobre el subtotal con IH: 26,9 cts/L. Total: 155,0 cts/L = 1,55 €/L.
Carga fiscal total: 67,1 cts/L (43,3 % del precio final). Es la mecánica del llamado efecto cascada: el IVA se aplica sobre una base que ya incluye otro impuesto. Una rebaja del IH de 5 cts/L se traslada al consumidor como 6,05 cts/L (5 × 1,21), porque el IVA también baja en cascada. Una subida del IH funciona en sentido contrario.
Carga fiscal comparada con la UE-27
El 43,3 % de carga fiscal en surtidor sitúa a España en la zona media-baja de la UE-27. Países Bajos, Italia o Finlandia rozan o superan el 55 % de fiscalidad sobre el precio final de la gasolina. Bulgaria, Polonia o Rumania quedan entre el 35 y el 38 %. La diferencia se concentra en el tipo del IH: España cumple la Directiva de Impuestos Especiales con tipos próximos al mínimo comunitario en gasóleos y algo por encima del mínimo en gasolinas.
Estructuralmente, los países con mayor fiscalidad sobre carburante son los del norte europeo, donde el impuesto cumple además funciones de internalización ambiental (carbon tax explícito en Suecia, recargo verde en Países Bajos). España no tiene carbon tax adicional al IH. Para la comparativa actualizada semanalmente con el Boletín Petrolero de la Comisión Europea, consulta comparativa internacional.
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje del precio final del litro son impuestos?
Entre el 45 % y el 55 % en gasolinas y gasóleos de automoción, según el precio del crudo. La proporción no es fija porque el IH es un importe en céntimos y solo el IVA es porcentual: cuanto más barato está el producto, mayor peso relativo tienen los impuestos. En 2008, con el Brent rozando los 147 USD por barril, el peso fiscal bajó en torno al 38 %; en la fase de precios hundidos de 2020 superó el 50 %. El porcentaje del día, calculado sobre el precio medio vigente, está en la sección impuestos.
¿Por qué el gasóleo paga menos Impuesto sobre Hidrocarburos que la gasolina?
Por una herencia histórica: durante décadas el gasóleo tuvo un tipo de IH inferior para abaratar el transporte profesional y la actividad económica. Ese diseño explica que el tipo del gasóleo A siga por debajo del de la gasolina pese a que el precio en surtidor del gasóleo ya ha superado al de la gasolina (consulta el dato vigente en precio de hoy). El proceso de cierre de esa brecha está contado en la guía equiparación gasóleo-gasolina.
¿Cuál es el impuesto que más recauda dentro de los carburantes?
El Impuesto sobre Hidrocarburos, que es además el mayor impuesto especial de España: sus ingresos líquidos en 2024 fueron del orden de 12.300 millones de euros según la AEAT. El IVA sobre el carburante también recauda una cifra elevada, pero el Tesoro no lo desglosa por producto porque se integra en el IVA general. El desarrollo completo está en recaudación de la AEAT por hidrocarburos.
¿Puedo deducir el IVA del carburante en mi declaración?
Solo si eres autónomo o empresa con un vehículo afecto a la actividad; un particular no deduce nunca el IVA de su repostaje. El porcentaje deducible depende del grado de afectación del vehículo al negocio y de poder justificarlo ante la AEAT. Las reglas prácticas para profesionales están en deducción del carburante para autónomosy en /profesional/autonomo.
¿Hay tasas municipales o autonómicas sobre el precio del carburante?
No. Desde 2019 no existe ninguna diferencia fiscal por comunidad autónoma en el IH peninsular, y los ayuntamientos no tienen potestad para gravar la venta de carburante. Lo que sí pueden hacer los municipios es regular la ubicación de las estaciones o establecer zonas de bajas emisiones, que afectan al uso del coche pero no al precio del litro. Las únicas excepciones fiscales reales son los regímenes de Canarias, Ceuta y Melilla.
Fuentes oficiales
- Ley 38/1992 de Impuestos Especiales (BOE)
- Tipos vigentes del Impuesto sobre Hidrocarburos — AEAT
- RDL 6/2022 — Bonificación 20 céntimos
- Informe mensual de Recaudación Tributaria — AEAT
- Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT) — Ley 38/1992, título II
- Estadísticas de consumo de productos petrolíferos — CORES
- Serie histórica de recaudación — gasolinade.com